4.01.2008

30 HECHOS PARA FORMAR CRITERIO SOBRE LA PRIVATIZACIÓN

Parece ser que el término “privatización” del petróleo de los mexicanos se ha convertido en una pegajosa telaraña tanto para los que la quieren hacer avanzar la entrega de nuestros recursos, como para los que tratan de impedirlo y demostrar que el proceso privatizador empezó hace muchos años.

Los que niegan la privatización, privatizando, dicen:

“No se modificará los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solo se reformarán leyes secundarias para modernizar a PEMEX”

“El petróleo seguirá siendo de los mexicanos”

“No se cederá un ápice de la soberanía sobre los hidrocarburos”

“No se venderá un solo tornillo de PEMEX”

“No veo que se esté vendiendo a PEMEX”

“Hay que democratizar el capital de PEMEX”

“En la Ley reglamentaria se permite la participación de la iniciativa privada”

“No hay ninguna iniciativa formal que se esté discutiendo en el Congreso”

“El Ejecutivo Federal y PEMEX no tiene recursos para invertir, por lo que hay que realizar alianzas estratégicas sin perder soberanía”

Los que quieren impedir la privatización y revertir el proceso que empezó hace años, dicen:

“Es falso que no se tengan recursos para invertir en PEMEX, ya que el organismo es la segunda empresa petrolera en ingresos antes de impuestos, solo que el Ejecutiva se los incauta para después derrocharlos”

“Está claro que el Ejecutivo Federal, el PRI, el PAN y sus aliados de la oligarquía nacional y las empresas petroleras extranjeras y sus gobiernos, no requieren modificar la Constitución para que la privatización siga avanzando”

“La privatización de PEMEX es un compromiso del presidente espurio, a cambio de que lo hayan dejado usurpar la presidencia”

“Está probado que PEMEX si tiene capacidad para realizar su misión a favor de la Nación, solo hay que asignarle recursos suficientes en una nueva autonomía presupuestal, técnica y de gestión y extirparle el cáncer de la corrupción en el que maneja sus relaciones con clientes, proveedores, contratistas y sindicato, para que vuelva a recobrar su vigor”

Lo curioso es que nadie le ha preguntado a la gente, o cuando menos, tratado de hacer ejercicios de reflexión, para ver si al final la Nación puede tener claridad con lo que está pasando con los hidrocarburos y hacia donde los quieren llevar, y si esto, finalmente tiene que ver como dicen algunos con la supervivencia de México como Nación, o si como dicen otros es solo un asunto de “negocios” y “modernidad”.

Para responder a las preguntas que más adelante se presentan es necesario tener claros los fundamentos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación a la propiedad y dominio sobre los hidrocarburos.

El artículo 27 constitucional 1 tiene singular importancia en el estudio de las garantías individuales. Entraña una de las grandes reformas sociales que ha experimentado nuestro país en los últimos años. Juntamente con el artículo 123, señala las bases para una mejor repartición de la riqueza pública y un trato más humano para los hombres y mujeres encargados de explotarla.

Establece, en primer término, a quién corresponde la propiedad de tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, señalando a la propia Nación como la titular original de dicho derecho.

Establece la propiedad privada de las tierras y aguas mediante el derecho que tiene la Nación para trasmitir el dominio de ellas a los particulares. Sin embargo, la propia Nación, tendrá en todo tiempo la facultad de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación……

Las modalidades o limitaciones que la Nación tiene derecho de establecer sobre la propiedad privada, pueden llegar hasta la misma expropiación; procedimiento que consiste en desposeer a una persona de su propiedad, ajustándola a la ley y por causa de utilidad pública.

Las expropiaciones solo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización. Por tanto, el viejo concepto de la propiedad, que veía a ésta como un derecho el cual se podía usar, gozar y aun abusar, ha quedado abolido en México, sustituyéndole por la idea de que la propiedad se justifica porque va a beneficiar no sólo al propietario, sino a toda la colectividad. De aquí que todo derecho de propiedad que perjudique a la colectividad debe limitarse, aun cuando esto vaya en contra del interés personal del titular.

Establece también los bienes que son propiedad de la Nación y que el dominio que la Nación tiene sobre los productos del subsuelo y las aguas que antes se hacer referencia, es inalienable e imprescriptible; es decir que no puede desprenderse de él y que, asimismo, no puede prescribir. Los mexicanos y las sociedades mexicanas pueden explotar dichos bienes sólo mediante concesiones; es decir, autorizaciones o permisos que le otorga el Gobierno Federal a nombre de la Nación.

En el caso del petróleo y los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos o minerales radioactivos, la Nación se reserva el derecho para la generación, conducción, distribución y abasto de energía eléctrica que tenga como objeto el servicio público y para la generación de energía nuclear, la cual solo podrá tener fines pacíficos. En éstas materias no se otorgarán concesiones a los particulares……………...

Luego entonces en relación a los hidrocarburos estamos frente a un trinomio constitucional indisoluble:

  1. La propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos.
  2. El dominio (quién manda) de la Nación sobre la explotación de los hidrocarburos.
  3. Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios como el medio de la Nación para cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Así pues con la base constitucional clara, pasemos a reflexionar las cuestiones de fondo sobre la aparentemente difusa “privatización” de los hidrocarburos y PEMEX.



    Hecho Histórico ¿Cómo se afectó la propiedad y dominio de la Nación sobre los hidrocarburos? Si la Nación perdió, quién ganó. (Puede elegir más de una)
    1.0 En 1913, el embajador Henry Lane Wilson y las compañías petroleras extranjeras concertaron con Victoriano Huerta y otros, la caída del gobierno del Presidente Francisco I. Madero, ya que había declarado la intención de cobrar impuestos por la exportación de petróleo.
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    2.0 Derivado del cobro del impuesto del Timbre y “Derecho de barra” por el gobierno constitucionalista de Venustiano Carranza, las compañías petroleras extranjeras propiciaron que la zona de la huasteca veracruzana, en donde se encontraban los principales pozos de la Faja de Oro, fueran “protegidos” por el seudo revolucionario Manuel Peláez y que el 21 de abril de 1914 la Flota del Atlántico de los Estados Unidos de Norteamérica invadiera el heroico puerto de Veracruz.
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    3.0 Con la promulgación de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, la propiedad y el dominio de la Nación sobre los hidrocarburos fue un paso fundamental para ejercer la soberanía Nacional sobre esa materia.
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    4.0 En el periodo de 1917 a 1938 México no pudo ejercer plenamente su derecho sobre los hidrocarburos, ya que no contaba con la capacidad técnica, financiera ni empresarial, por lo que en los hechos, los hidrocarburos fueron explotados y saqueados por compañías petroleras extranjeras en una abierta inconstitucionalidad.
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    5.0 El 18 de marzo de 1938, el Presidente, General Lázaro Cárdenas del Río, decretó la expropiación de los bienes de las compañías privadas nacionales y extranjeras que explotaban los hidrocarburos de la Nación, como resultado de su rebeldía y a favor del interés general del pueblo de México.
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    6.0 Las compañías extranjeras demandaron al gobierno de México con la finalidad de anular la expropiación de sus bienes a favor de la Nación. Posteriormente exigieron elevadas sumas de dinero por la indemnización y su pronto pago, y al retirarse del país se llevaron técnicos, planos y refacciones, solicitando además el apoyo de sus gobiernos para que no se proporcionara a México de los insumos necesarios ni se proporcionara transporte marítimo, ni mucho menos se le vendiera o comprara hidrocarburos.
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    7.0 El 7 de junio de 1938 el Presidente Lázaro Cárdenas rubricó el decreto de fundación de Petróleos Mexicanos.
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    8.0 El 22 de diciembre de 1938, el Presidente Lázaro Cárdenas, envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma al artículo 27, con el propósito de elevar a rango constitucional la exclusividad de la nación en materia petrolera, eliminando el régimen de concesiones, con fundamento en la exposición de motivos siguiente:

    “La experiencia de todos conocida, relacionada con esta misma materia del petróleo, obliga al gobierno a obrar en lo sucesivo con gran cautela, máxime cuando según se reconoce ya, que a través de las concesiones sobre los recursos naturales se crean con mayor facilidad vínculos cuya terminación constituye después un problema para el país que otorgó dichas concesiones, pues entonces inclusive sus buenas relaciones con otros pueblos se ponen en peligro.

    “A esto obedece el propósito del Ejecutivo de que termine el régimen de las concesiones. En rigor, y dado el carácter discrecional que para la entrega de la explotación a los particulares ha consagrado hasta hoy el texto expreso del artículo 27, carácter discrecional que la Suprema Corte en reiteradas ocasiones ha reconocido así, jurídicamente habría podido en ley secundaria fijarse el nuevo principio.”


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    9.0 En diciembre de 1939 se promulgó la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo de Petróleo, negando la concesión a particulares para la explotación de los hidrocarburos.
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    10.0 En mayo de 1941 la contrarreforma del Presidente Manuel Ávila Camacho a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo abrió las puertas al capital privado dando lugar a los contratos riesgo para la explotación de los yacimientos.
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    11.0 La Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, promulgada por el Presidente Adolfo Ruiz Cortines en noviembre de 1958, derogó la contrarreforma de Ávila Camacho y restituyó la legalidad constitucional del dominio exclusivo de la Nación sobre los hidrocarburos.
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    12.0 En enero de 1960 se realizó la reforma constitucional que enriqueció el párrafo sexto del artículo 27 constitucional, para quedar como sigue:

    “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado, y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva.”


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    13.0 El 27 de febrero de 1970, el Director General de PEMEX, Jesús Reyes Heroles, cegó el último resquicio de penetración de capital extranjero en la industria, al firmar los documentos correspondientes y al anunciar la cancelación de los contratos riesgo conocidos como “Pauley Noreste”, para la exploración, producción y venta de petróleo existente en un área de 923 kilómetros cuadrados ubicada en el Estado de Tamaulipas.
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    14.0 En el periodo 1977 a 1982 las relaciones de México con Estados Unidos estuvieron determinadas en buena medida por el petróleo.

    Con la finalidad de incrementar su producción de petróleo y gas, México recurrió a exorbitantes créditos del extranjero para costosos proyectos de inversión. La exportación del gas a los Estados Unidos se canceló, pero el país quedó sumido en una pesada deuda externa con la consecuente sangría de divisas.


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    15.0 En el Plan Quinquenal 1985-1989 y en el Plan Operacional 1986-1990 se enunciaron tres tesis fundamentales de “modernización” impulsadas por la industria mundial con base en nuevas tecnologías aplicadas y la apertura de nuevos mercados, hacían necesaria la transformación de la planta productiva y distributiva de PEMEX.

    La idea principal era hacer que los activos existentes se convirtieran en el sostén de la transformación estructural de México.

    La segunda tesis consistió en adoptar nuevos criterios estratégicos, para el crecimiento interno de la producción, refinación y exportación de crudo. Un argumento fundamental en esta tesis resultó “[…….] es preferible exportar más ahí donde es viable multiplicar aportes a la balanza de pagos e importar productos que ha abaratado la competencia internacional”. Con esto los productores nacionales se beneficiarían de la reducción de costos y se eliminarían los estrangulamientos que limitan el mejoramiento tecnológico y la diversificación industrial. Esto nos lleva a concluir que no es conveniente buscar, “como objetivo dominante, y a cualquier costo, la autosuficiencia energética

    La tercera tesis se hizo referencia a la estrategia externa, la cual se basó en adquirir demandas más rápidas y remunerativas en los mercados internacionales, así como en “crear sistemas de organización altamente flexibles- siguiendo las pautas de los grandes exportadores- y singularmente formar alianzas, y realizar inversiones con gobiernos o empresas de otros países a fin de asegurar mercados estatales y el acceso a la información y a la tecnología avanzada.




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    16.0 Durante las negociaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte 1991-1992 se pactó la apertura de la petroquímica y la electricidad. El gobierno mexicano reservo el petróleo y el gas pero abrió las compras gubernamentales, dando pauta para el desarrollo explosivo de la contratación de adquisiciones, servicios y obras con empresas extranjeras.
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    17.0 Una vez aprobada la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios por el Congreso de la Unión, PEMEX implantó proyecto de reorganización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios del 16 de julio de 1992, en el que a través de las políticas o iniciativas gubernamentales: fiscal, financiera, precios internos, comercio exterior, explotación de las reservas, medio ambiente y desregulación y nuevas regulaciones, se inició la transferencia del control absoluto de los hidrocarburos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la que ha pugnado, en el periodo 1992-2008, por:
    1. La requisa de la mayor parte de los ingresos de PEMEX
    2. El continúo déficit presupuestal, principalmente en el rubro de inversión.
    3. El incontenible crecimiento de la deuda PIDIREGAS
    4. El encarecimiento de los petrolíferos, gas y petroquímicos, derivado del criterio de costo de oportunidad, precio de referencia y precios de transferencia ínter organismos.
    5. La venta irracional de petróleo crudo a los Estados Unidos y al compra creciente de petrolíferos, gas y petroquímicos
    6. La explotación irracional de los yacimientos
    7. El rezago de la exploración con un déficit creciente de sustitución de reservas
    8. La deficiente recuperación secundaria de los yacimientos y la inexistente recuperación mejorada
    9. El encarecimiento de los costos de producción de productos refinados al equiparar las especificaciones mexicanas a las de los Estados Unidos de Norteamérica.
    10. La creciente y asfixiante sobre regulación de la Administración Pública Federal a Petróleos Mexicanos, específicamente a los organismos de Refinación, Gas y Petroquímica Básica y Petroquímica, a fin de disminuir la eficiencia de sus operaciones, ventas y servicio y transferir actividades reservadas a la iniciativa privada.
    11. La evolución creciente de la participación de la iniciativa privada, a través una mayor desregulación impulsada primordialmente por la Comisión Reguladora de Energía.


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    18.0 Con la aplicación de la reorganización de 1992, se destruyó importantes cuadros de ingenieros y técnicos. El impacto más fuerte fue en el área de Proyecto y Construcción, afectando el capital intelectual acumulado en cincuenta años, así como el desarrollo de las empresas de ingeniería, proveedores de bienes de capital y contratistas nacionales.
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    19.0 Tras la entrada en vigor el 1 de enero de 1994 del Tratado de Libre Comercio, México se comprometió, bajo el capítulo X, Compras Gubernamentales, a realizar licitaciones públicas internacionales de sus adquisiciones, servicios y obras, conforme a las condiciones establecidas en los preceptos correspondientes, lo que abrió la puerta para la mayor participación de empresas extranjeras con severas distorsiones, pues a partir del año 2000, PEMEX ha encontrado nuevas formas de contratación en donde las empresas extranjeras sustituyen a los organismos subsidiarios en la ejecución de las funciones relacionadas con las áreas estratégicas reservadas de manera exclusiva al Estado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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    20.0 Derivado del “error de diciembre de 1994”, México solicitó el apoyo financiero de los Estados Unidos de Norteamérica.

    El Congreso de Estados Unidos votó en contra de la aprobación de fondos de rescate. No obstante, algunas personas dentro del Tesoro norteamericano encontraron un truco legal para enviar el rescate por medio del Fondo de Estabilización de Divisas, el cual no requería la aprobación del Congreso de los Estados Unidos. Así, se enviaron de los Estados Unidos $20 mil millones de dólares, a los cuales se les añadieron casi $30 mil millones más: $17 mil millones del Fondo Monetario Internacional, $10 mil millones del Bank for International Settlement, mil millones del Banco de Canadá en forma de swaps de corto término y mil millones más provenientes de diversos países latinoamericanos (entre ellas Argentina y Brasil cuyas economías eran severamente afectadas por los efectos de la crisis mexicana).

    Por su parte el Gobierno Mexicano dejó en prenda de garantía la producción futura del petróleo.


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    21.0 En 1995, al margen de la Carta Magna, se reformó la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el Ramo del petróleo para dejar fuera a la industria petrolera reservada a la Nación, el transporte, el almacenamiento, la distribución, la venta y el comercio exterior de gas natural. El transporte de gas licuado por medio de ductos fue incluido en el proceso. Poco tiempo después se vendieron a empresas privadas las redes de distribución de gas natural de PEMEX y de CFE.
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    22.0 Al margen de la Constitución, la petroquímica se abrió completamente en 1996 y se pusieron en venta los complejos de PEMEX aunque fracasó la operación por las condiciones exigidas por los potenciales compradores y torpezas administrativas. El Estado conservó los “petroquímicos básicos”, los cuales no son petroquímicos sino hidrocarburos naturales extraídos de los yacimientos.
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    23.0 En la administración de Vicente Fox, PEMEX puso en marcha los contratos de Servicios Múltiples (CSM) que permiten a las empresas extranjeras explorar, extraer, procesar gas natural, así como elaborar gas metano y otros petroquímicos básicos. Al realizar estas actividades el “contratista” se transforma en un productor independiente de gas natural y “petroquímicos básicos” (hidrocarburos) que no prevé la Constitución ni la legislación secundaria.


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    24.0 El Gobierno Federal dejó fuera a PEMEX de la industria del gas licuado. A PEMEX se le prohibió participar en las licitaciones realizadas por la CFE para abastecer con ese combustible a las zonas de Altamira, Tamaulipas y de Ensenada, B.C.S.




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    25.0 El Gobierno Federal ha permitido que Baja California sirva de plataforma energética de los Estados Unidos de Norteamérica. El suelo mexicano es utilizado para recibir gas natural de ultramar y maquilar electricidad para los Estados Unidos, sin ningún beneficio para el país.


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    26.0 El Congreso, a solicitud del Gobierno Federal, aceptó modificar el Anexo 401 del TLCAN, en abril de 2004 para permitir la entrada masiva de destilados importados de los Estados Unidos y Canadá. Además se confirió origen a los productos refinados provenientes de otras regiones, por lo que los destilados entran ahora libres de arancel.
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    27.0 En 2005 el Congreso posibilitó a los particulares desarrollar la cogeneración de electricidad en instalaciones de PEMEX. La administración de Felipe Calderón ya entregó el primer proyecto a una empresa privada.
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    28.0 En 2006, el Congreso permitió a particulares explotar gas natural, a partir de mantos de carbón existentes en las minas.
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    29.0 A finales del año 2007, PEMEX asignó a la compañía EMS Maintenance Services Group I LLC de Houston Texas el contrato de servicios por un monto de 394 millones de dólares y un plazo de diez años para que realice trabajos de operación, proyecto, construcción y mantenimiento de los ductos del sistema 4 de PEP en los Estados de Chiapas, Tabasco y sur de Veracruz.
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    30.0 Después de la apertura a la iniciativa privada en los procesos sustantivos y de apoyo en la petroquímica, el gas natural, el gas licuado, la operación de la red nacional de ductos de petróleo y gas (los gasoductos y el sistema 4 de PEP es el inicio), la comercialización del gas licuado y natural, la cogeneración por particulares de electricidad en instalaciones de PEMEX utilizando el gas del organismo; seguiría abrir los procesos de explotación de petróleo en los yacimientos mediante contratos riesgo, la refinación para la producción de gasolina, diesel, turbosina, lubricantes, etc., la operación de los poliductos y las plantas de almacenamiento y distribución de productos refinados, con lo que prácticamente se consumaría la totalidad de la apertura a la iniciativa privada. De acuerdo con lo expresado por el Ejecutivo Federal y algunos legisladores, la situación del Gobierno Federal y de PEMEX está muy mal que no queda de “otra” que acabar de consumar la apertura total, con una clara preferencia a las petroleras multinacionales.

    Por si no fuera suficiente, con el patrimonio que le quede a Petróleos Mexicanos y a sus organismos subsidiarios, el Gobierno Federal pretendería “democratizar su capital” convirtiendo hasta un 49% de sus activos en acciones privadas que se puedan cotizar en la bolsa de valores.


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CONCLUSIONES:

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